La justicia de Catamarca ha sentado un precedente contundente en la lucha contra la violencia de género institucional. Un efectivo de la policía provincial, actualmente privado de su libertad, busca desesperadamente el amparo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esta pretensión surge luego de que, en diciembre del año pasado, la Sala Penal de la Corte de Justicia local ratificara de manera unánime la condena de 11 años de prisión que pesa sobre él desde agosto de 2025. 

El caso destaca no solo por la brutalidad de los hechos, sino por la condición de funcionario público del imputado, un factor que los magistrados consideraron determinante al evaluar la responsabilidad ética y legal implicada.

Los hechos que originaron este complejo proceso judicial se remontan a agosto de 2023, durante las horas de la madrugada en la Capital provincial. Según quedó fehacientemente probado durante el debate oral, el condenado desplegó un escenario de violencia extrema contra su expareja. Utilizando elementos de una carga simbólica y física aterradora, como una tijera de podar de 30 centímetros de largo, gasas, desinfectante y una botella de alcohol, el agresor sometió a la víctima a una tortura psicológica inmediata. El hombre la increpó directamente preguntándole qué parte del cuerpo quería que le cortara, dándole a elegir entre los dedos de la mano o del pie, mientras extendía sus amenazas hacia los hijos y la hermana de la mujer.

Bajo este contexto de vulnerabilidad absoluta y aprovechando el temor generado, el acusado concretó el abuso sexual con acceso carnal. Tras el ultraje, la violencia física persistió, provocándole lesiones visibles y sumando una nueva amenaza de muerte relacionada con colocarle una bolsa en la cabeza. La víctima logró radicar la denuncia de inmediato, lo que derivó en la detención del sujeto, quien desde agosto de 2023 permanece alojado en el Servicio Penitenciario Provincial de Capayán.

El fallo de la Cámara: la anulación del sujeto

El tribunal de sentencia, integrado por los jueces Silvio Martoccia, Miguel Lozano Gilyam y Luis Guillamondegui, fue tajante en sus fundamentos al determinar que la conducta del policía se desarrolló claramente en contra de la voluntad consciente de la mujer. Los magistrados señalaron que la relación previa estuvo marcada por celos excesivos, conductas de control constante y episodios reiterados de violencia psicológica que configuraron un contexto de sometimiento absoluto. En la sentencia se ponderó como agravante la intensidad de esta violencia, la cual redujo a la víctima de su condición de sujeto de derecho a un mero objeto de disposición, anulando toda posibilidad de resistencia física activa.

Por decisión unánime, el tribunal lo declaró culpable de los delitos de amenaza calificada por el uso de armasabuso sexual con acceso carnallesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja y amenazas simples. Un aspecto fundamental del fallo radica en la investidura del condenado como funcionario público policial. Los jueces valoraron que su misión constitucional de prevenir el delito y proteger a las personas le impone un estándar de conducta mucho más exigente que al resto de los ciudadanos. Además de la pena, se ordenó que el Servicio Penitenciario gestione un tratamiento psicológico para el penado, con el fin de evitar futuros hechos de violencia.

La confirmación de la condena y el recurso extraordinario

En diciembre último, la defensa ejercida por el abogado Víctor García presentó un recurso de casación alegando una errónea aplicación de la ley y cuestionando la apreciación de las pruebas, argumentando que la condena se basaba principalmente en el testimonio de la víctima. Sin embargo, los ministros de la Corte de Justicia, Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño, rechazaron el planteo de forma unánime. La Sala Penal subrayó que el propio imputado reconoció expresamente la existencia del acceso carnal, por lo que el debate se circunscribió únicamente a la falta de consentimiento y la intimidación sufrida.

Ante este revés, el penado insiste ahora con un recurso extraordinario federal para recurrir a la máxima instancia del país. Los magistrados locales ya han señalado que el recurrente no ha logrado desarrollar argumentos específicos que demuestren errores en la motivación de la sentencia impugnada. 

Mientras la vía legal continúa, se recuerda a la comunidad que en situaciones de emergencia el SAE 911 y la Línea 144 Código Violeta funcionan de manera gratuita y anónima, y que existen dependencias como la Unidad Judicial Especial de Violencia Familiar y de Género en Capital y Valle Viejo, la Fiscalía General y los Juzgados de Familia para radicar denuncias.

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