A fines de febrero, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 198/2024, por el que se transformó el Programa Potenciar Trabajo en un programa de inclusión laboral. Según el decreto suscripto por el presidente, Nicolás Posse y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, este beneficio será sustituido por dos: "Volver al Trabajo" y "Acompañamiento Social".

Este miércoles, a través de la Resolución 84 del Ministerio de Capital Humano, se reglamentaron con 3 anexos los detalles que completan la norma publicada respecto ambos programas.

Bajas en Potenciar Trabajo 2024

Una de las cuestiones llamativas que surge de estas nuevas exigencias que los beneficiarios serán dados de baja inmediata en caso de “incurrir en actos de violencia o alteración del orden público” (tal como lo expresa la reglamentación de ambos programas). En atención a ello, si los beneficiarios realizan protestas en la vía pública o bloqueos de accesos, puentes y/o rutas sería uno de los motivos para que se den de baja estos beneficios sociales.

Textualmente, los Anexos de los programas descritos expresan:

"Son causales de egreso del programa: (…) 1. El que impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, subterráneo, agua o aire o no permitiere a terceros movilizarse libremente por la vía pública, será egresado del programa en forma inmediata procediéndose a suspender el pago del beneficio. 2. Incurrir en actos de violencia que importen la alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos competentes".

Volver al Trabajo inscripción 2024

Tal como la misma reglamentación determina, el plan Volver al Trabajo tiene por objetivo “desarrollar y consolidar competencias socio laborales en los participantes que les permita alcanzar un nivel de empleabilidad inicial real y mejorar sus oportunidades de inserción laboral a través de su participación en actividades de formación laboral, prácticas formativas en ambientes de trabajo, certificación de competencias y participación asistida en el desarrollo de emprendimientos productivos individuales o asociativos”.

Requisitos:

  • Personas de entre 18 y 49 años
  • Ingresos que no superen tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), es decir no más de $600.000 (actualmente)

Acompañamiento Social: requisitos e inscripción 2024

El programa de Acompañamiento Social será destinado según el borrador mencionado a “promover la inclusión social y la mejora de las condiciones de vida de las personas pertenecientes a los hogares con mayor grado de exclusión y vulnerabilidad social, apuntando a fortalecer su núcleo familiar y la comunidad en donde viven”. Estará a cargo de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Solo serán incluidos en este programa:

  • Mujeres y hombres de cincuenta (50) años y más en condiciones de vulnerabilidad.
  • Mujeres con cuatro (4) hijos o más menores de dieciocho (18) años.
  • Titulares pertenecientes a Unidades de Gestión dependientes del Poder Ejecutivo Nacional que se encuentren vinculados a situaciones especiales

Dentro de las líneas de acción programática también se buscará la asistencia alimentaria de estos grupos y la preparación para el retiro por jubilación. Las personas que se encuentren en el año inmediatamente anterior al retiro laboral recibirán contención para llevar los tramites jubilatorios y serán acompañadas facilitándose información y herramientas sobre el trámite jubilatorio y esta nueva etapa.

Nuevo Potenciar Trabajo: compatibilidad de Volver al Trabajo y Acompañamiento Social

Los dos nuevos programas son compatibles con algunas prestaciones que entrega la Anses:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social (AUE)
  • Prestaciones económicas o materiales de naturaleza habitacional (Mi Pieza – Subsidio Habitacional)
  • Prestaciones de carácter alimentario (Tarjeta Alimentar)
  • Trabajadores independientes (hasta 3 SMVM y 1 SMVM en el caso del Programa Acompañamiento Social), también quienes se encuentren inscriptos en el Monotributo Social, Monotributo categoría A y B, C (en el caso de Volver al Trabajo)
  • Trabajadores dependientes registrados bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y Régimen Rural ley 26.727  (contratos discontinuos y temporarios).

Por otra parte, ambos serán incompatibles con:

Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado NacionalProvincialMunicipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BECAS PROGRESAR)

  • Sean titulares de más de 1 bien inmueble
  • Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a 10 años.
  • Jubilados y/o pensionados no contributivos y/o PUAM o cobren prestaciones por desempleo.
  • Hayan viajado al exterior tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación correspondiente o a destinos que no guarden relación con su situación de vulnerabilidad.
  • Hayan realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales en los últimos SEIS (6) meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (en el caso del Programa de Acompañamiento Social).
  • Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a DIEZ (10) años

Tanto el “Volver al Trabajo" como el "Acompañamiento Social" solo alcanzarán para el universo total de beneficiarios vigentes PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL conocido como Potenciar Trabajo. Es decir, no serán una base abierta ni una propuesta de universalización de los programas sociales y tendrá un lapso de duración solo de veinticuatro meses.

Monto de Potenciar Trabajo 2024

En los dos programas el monto será el mismo que se ha pactado para el Potenciar Trabajo PESOS SETENTA Y OCHO MIL ($78.000), sin especificar aún modo de actualización de la prestación, siendo compatible con la percepción de otros ingresos por parte de los restantes integrantes de su grupo familiar.

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